Diferencias entre facturación electrónica y el sistema Verifactu
16/04/2026
En los últimos meses se ha hablado mucho de los nuevos sistemas de control de la facturación en España: la facturación electrónica y el sistema Verifactu. Sabemos que ambas propuestas están encaminadas a evitar el fraude fiscal y a mejorar los procesos de compraventa, pero son medidas diferentes y no afectan de la misma manera a las empresas.
En este artículo aclararemos el objeto de cada normativa y sus obligaciones fiscales concretas para saber cómo y cuándo debes implementarlas.
La factura electrónica, para agilizar los pagos y reducir la morosidad
La facturación electrónica es una propuesta de la Ley de Creación y Crecimiento de Empresa (conocida como ley Crea y Crece) por la que todas las empresas deberán facturar a otras empresas con un formato digital estándar, sin papel.
La implementación de la factura electrónica implica que las empresas deberán utilizar un software adaptado o una herramienta digital proporcionada por la Agencia Tributaria. Desaparecen las facturas en papel, en Excel y en Word, por lo que muchos negocios tendrán que implantar un software o hacer una adaptación tecnológica.
Los principales objetivos de la facturación electrónica son:
- Agilizar la gestión entre empresas con el uso de un formato común.
- Asegurar que las facturas sean inalterables.
- Proteger a las empresas ante los impagos con mecanismos para rastrear el pago, el remitente y el receptor de la factura.
Existen varios tipos de factura electrónica, algunos ya obligatorios desde 2015 (como Factura-e para administración pública) y otros de próxima implementación, como las transacciones entre empresas y autónomos (B2B).
Para profundizar en lo que va a implicar la factura electrónica, puedes leer este artículo sobre la reciente aprobación del Real Decreto 238/2026 de 25 de marzo.
El sistema Verifactu, para reforzar la seguridad del software informático y permitir el envío de las facturas a la AEAT
Verifactu es un sistema al que deben estar adaptados todos los programas de facturación según la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (conocida como ley Antifraude). Verifactu establece que todo software de facturación debe registrar las facturas de forma inalterable y permitir su envío a Hacienda.
Estos son los principales requisitos que exige Verifactu a los software de facturación desde 2025:
- Registrar toda la actividad de facturación para que no se puedan ocultar ni manipular ventas.
- Incluir en las facturas cadenas de reconocimiento (hashes) y un código QR que verifique su fecha, importe, emisor y receptor.
- Permitir el envío de las facturas en tiempo real a la AEAT.
El envío de facturas a la AEAT es la opción recomendada por la Administración, pero no obligatoria. Como empresa, puedes elegir acogerte a la modalidad Verifactu para enviar las facturas a Hacienda en tiempo real, o bien a la modalidad No Verifactu, que simplemente almacena las facturas con firma digital, para poder presentar en caso de inspección.
Aunque los software de facturación ya deben estar adaptados desde 2025, la obligación de tener Verifactu para las empresas ha sido recientemente aplazada. En este artículo puedes ver las particularidades de este aplazamiento. Además, en el apartado Dudas Verifactu de nuestra web puedes resolver preguntas frecuentes y ampliar todo lo relacionado con la normativa.
¿Qué debe hacer mi empresa para cumplir con las normativas?
Si eres una empresa o autónomo con actividad comercial en España debes tener en cuenta los siguientes requisitos para implementar las normativas de facturación.
Para cumplir con la facturación electrónica:
- Si facturas más de 8 millones € debes adaptarte en el año 2027; si tu facturación es menor, en 2028.
- Puedes utilizar un software adaptado a la facturación electrónica como ClassicGes o bien utilizar una solución pública desarrollada por la AEAT.
- Recuerda que para facturar a la administración pública ya es obligatorio utilizar un formato específico (FacE) desde 2015 y que no es obligatorio usar este formato en las ventas a particulares (es decir, si el cliente es un consumidor final).
Para cumplir con el sistema Verifactu:
- Si presentas el Impuesto de Sociedades (ISS) debes incorporarte antes de enero de 2027; si no presentas el ISS, en julio de 2027.
- Estás exento de Verifactu si ejerces tu actividad en los territorios forales de País Vasco y Navarra, donde existen sistemas propios (TicketBAI y Batuz) o si estás acogido al Sistema Inmediato de Información (SII).
- Si quieres acogerte a la modalidad Verifactu (envío automático de facturas a Hacienda) es obligatorio utilizar un software adaptado a Verifactu como ClassicGes.
En resumen:
| Factura electrónica | Verifactu |
|---|---|
| Legislación: Ley Crea y crece (18/2022) y RD 238/2026. |
Legislación: Ley Antifraude (11/2021) y RD 1007/2023. |
| Objetivo: Agilizar los pagos y reducir la morosidad con la utilización de una factura digital estándar. |
Objetivo: Reducir el fraude fiscal con medidas para los software informáticos como los registros de facturación, el código QR y el envío de facturas a la AEAT. |
| A quién aplica: A empresas y autónomos de toda España. |
A quién aplica: A empresas y autónomos de toda España, salvo País Vasco y Navarra y las empresas acogidas al SII. |
| Cuándo entra en vigor: Para facturar a la administración pública es obligatoria desde 2015. Si facturas más de 8 millones de € debes adaptarte en el año 2027. Si tu facturas menos de 8 millones, en 2028. |
Cuándo entra en vigor: Los proveedores de software ya están acogidos desde julio de 2025. Las sociedades a partir del 1 de enero de 2027. El resto de empresas y autónomos a partir del 1 de julio de 2027. |
| ¿Qué implica para las empresas una vez entre en vigor? Las facturas en papel quedan obsoletas, debes facturar con un software adaptado o a través de la plataforma de la AEAT. |
¿Qué implica para las empresas una vez entre en vigor? Si utilizas un software de facturación, debes tener un certificado digital de empresa y tu software debe estar adaptado a Verifactu. Puedes elegir entre modalidad Verifactu (envío de facturas a Hacienda) o no Verifactu. |






