Gastos deducibles para autónomos en 2026
27/04/2026
Si eres autónomo, conocer los gastos que puedes desgravar en tu declaración de IRPF es clave para mejorar tu salud financiera e impulsar tu negocio. Con la declaración de los gastos, reduces la base imponible sobre la que se calcula el IRPF y el importe de IVA que tienes que pagar a Hacienda.
En este artículo veremos los principales gastos que puedes deducir y cómo justificar las partidas más problemáticas, como el gasto de la vivienda si trabajas desde casa, las dietas, el vehículo o el teléfono móvil.
También aprenderemos a identificar los gastos que no son deducibles, aunque es fácil saberlo porque, básicamente, si no puedes explicar cómo ese gasto te ayuda a generar ingresos, lo más seguro es que no sea deducible.
¿Cómo sé si un gasto es deducible?
Como decíamos, un gasto deducible es aquel que repercute en los beneficios de tu negocio, pero además, para poder desgravarlo, debe cumplir con una serie de características:
- Que esté relacionado con tu actividad
- Disponer de una factura o justificante que lo acredite (en su totalidad)
- Registrarlo en tus libros de contabilidad
Si no cumple estas 3 cosas, Hacienda puede rechazar el gasto en tu declaración.
Estos criterios están recogidos en la Ley sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y en la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), así como en diferentes Órdenes de Hacienda, que determinan cuándo se admite una deducción y cuándo no.
¿Cuáles son los principales gastos deducibles para autónomos?
Las partidas de gastos deducibles más habituales en los autónomos son:
- La cuota de autónomos: sí, es 100% deducible e incluye lo que pagas a la Seguridad Social.
- El alquiler del local u oficina: es deducible sólo si es para ejercer tu actividad e incluye los gastos asociados como la comunidad, el IBI, etc.
- Los equipos y suministros: incluye todos los dispositivos que usas para trabajar (el ordenador, la impresora o el móvil) y el software de facturación y contabilidad, como ClassicGes o ClassicConta. También se pueden declarar los gastos del hosting y los dominios, los gastos en papelería y otros consumibles.
- Los viajes: tanto el transporte (billete de avión o tren) como las estancias en hotel y los desplazamientos en taxi, siempre si son justificables como gasto profesional.
- Las comidas: para desgravar las dietas se debe presentar factura y justificar que se haya producido en actividad laboral.
- El vehículo: se puede deducir un 50% del IVA del coche (el 100% en caso de que el uso sea estrictamente profesional).
- Las facturas de teléfono e internet: teóricamente, son 100% deducibles si son para uso profesional exclusivo; si el uso es mixto, solo se deduce una parte, pero es una partida controvertida que veremos cómo justificar más adelante.
- La gestoría y otros servicios profesionales: contratados a parte, como asesoría, abogado, consultoría…
- Las campañas en marketing y publicidad: incluye tanto la inversión en web (SEO y anuncios), como el branding, el diseño y la gestión de redes sociales.
- Los gastos en formación: siempre que sean cursos o materiales didácticos relacionados con tu actividad.
- Los seguros: incluye el de responsabilidad civil y otros seguros vinculados a tu negocio, como el de baja laboral. El seguro da salud privado se puede deducir con un límite de 500€ al año.
- Los gastos financieros: las comisiones del banco y los intereses del préstamo (si está relacionado con tu actividad).
- Los sueldos de los empleados: si tienes trabajadores, puedes desgravar sus salarios y lo que pagas a la seguridad social.
¿Qué gastos puedo deducir si trabajo desde casa?
Si eres autónomo y trabajas desde casa puedes deducir parte de los gastos, pero no todo. La normativa indica que puedes deducir hasta el 30% de los gastos que se consideran suministros:
- Recibos de la luz
- Agua
- Gas
- Internet
Pero ¡ojo! el 30% no se aplica sobre el total de la factura, si no sobre el porcentaje de vivienda que utilizas para trabajar.
A efectos prácticos, imagina, por ejemplo, que tienes una casa de 100 m² con un despacho de 20 m² (es decir, tu despacho ocupa 20% del espacio). Si la factura de la luz es de 100€, debes calcular lo siguiente:
- El 20% de la vivienda, que son 20 €
- El 30% de esos 20€, que son 6 €
O sea, podrías deducir solo el 6% de la factura total, que son 6€.
Esta fórmula está fijada por ley desde 2018 y se aplica como “Gasto deducible = gasto × % de vivienda afectada × 30%”.
Si puedes demostrar que el uso profesional es mayor, podrías llegar a deducir más del 30%, pero en la práctica es difícil de justificar y la mayor parte de los asesores recomienda aplicar el 30% estándar.
Además de los suministros, puedes deducir (de forma proporcional al % de uso) otros gastos de la vivienda como el alquiler, el IBI, la comunidad, el seguro de hogar y los intereses de hipoteca. En estos casos solo se aplica el porcentaje de uso (no hay que calcular el 30%).
Para poder deducir cualquiera de estos gastos, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener la vivienda declarada como lugar de actividad (modelo 036 o 037)
- Definir los metros cuadrados exactos usados para trabajar
- Que las facturas estén a tu nombre
- Registrar los gastos en tu contabilidad
- Que el uso profesional sea real y justificable
Es importante tener todo en orden, porque si no Hacienda puede rechazar la deducción. Los errores más comunes en la declaración de los gastos de autónomos que trabajan desde casa son:
- Aplicar el 30% directamente a toda la factura (y no solo al porcentaje de uso laboral)
- No declarar la vivienda en Hacienda
- No calcular bien los metros cuadrados
- Deducir el 100% de internet sin justificación
- No guardar las facturas
¿Qué gastos son los más complejos de declarar?
Los gastos que más inspecciona Hacienda suelen ser las declaraciones relacionadas con el vehículo, la vivienda, las comidas y el teléfono. Todos estos son gastos deducibles, pero tienen limitaciones y necesitan mucha justificación.
Analicemos de cerca cada caso.
En el caso del vehículo:
- En general, del vehículo se puede deducir hasta el 50% del IVA y del IRPF.
- Se puede llegar al 100% si el uso es exclusivamente profesional, en el caso de vehículos mixtos, servicio de transporte de pasajeros, autoescuelas, representantes comerciales, vigilantes, etc.
- Se aplican los mismos criterios para otros gastos asociados al vehículo, como el seguro de circulación y las reparaciones.
- La gasolina, uno de los gastos más controvertidos, se puede deducir al 100% si eres transportista, pero el resto de profesionales solo pueden deducir hasta un 50%. Esto aplica incluso si es un coche alquilado. Sin embargo, Hacienda se reserva el derecho a reducir o eliminar este ahorro si estima que el uso del vehículo es más privado que profesional.
En cuanto a las dietas:
- Para desgravar las comidas, éstas tienen que producirse en un día laborable mientras se está trabajando.
- Hay que pagarlas con tarjeta y solicitar factura a nombre del autónomo (indispensable).
- El tope para declarar gastos en comida es de 26,67€ al día si estás en España y hasta 48,80€ si estás en el extranjero.
En el caso de las facturas de teléfono:
- Es una de las partidas más revisadas en inspecciones y que mayor controversia genera.
- Para deducir el 100% de la línea telefónica se debe acreditar que no tiene ningún uso personal.
- Si el uso es mixto, solo se puede deducir una parte “razonable”.
- Es fundamental que el contrato y las facturas estén a nombre del autónomo.
- Para evitar complicaciones, lo mejor es tener un móvil personal y otro para el trabajo.
¿Qué gastos no se pueden deducir?
La regla es simple: si no puedes explicar claramente cómo ese gasto te ayuda a generar ingresos, no es deducible. Los gastos más frecuentes que no se pueden declarar son:
- La ropa que no sea uniforme ni ropa técnica. El gasto de vestimenta solo se suele admitir si se ha comprado en una tienda especializada en ropa de trabajo.
- Las multas de tráfico o de otra índole.
- Los gastos personales en ocio o supermercado, etc.
- Las suscripciones o servicios que no estén relacionados con tu actividad.
En resumen:
- Los principales gastos deducibles para los autónomos son la cuota de autónomos, el alquiler de la oficina, los equipos y suministros, las líneas de teléfono e internet, el vehículo, la gestoría, la publicidad, los seguros, los viajes y las dietas.
- Si trabajas desde casa puedes deducir suministros (recibos de la luz, agua, gas e internet), pero solo el 30% aplicado al porcentaje de vivienda que utilizas y siempre que la casa esté declarada.
- Los gastos más problemáticos y que más inspecciona Hacienda son los relacionados con el vehículo, la vivienda, las comidas y el teléfono.
- No se puede declarar la ropa de calle, las multas ni las facturas que no estén relacionadas con tu actividad.






