TC38Presentación del modelo 130, empresarios y profesionales en Estimación Directa y su pago fraccionado
El modelo 130 es un modelo trimestral que los autónomos y profesionales en régimen de estimación directa deben presentar a la Agencia Tributaria relativo los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
ÍNDICE
- 1. ¿Quiénes están obligados a presentarlo?
- 2. Plazos de presentación
- 3. Generación del modelo 130 en ClassicConta
1. ¿Quiénes están obligados a presentarlo?
Autónomos y profesionales que tributan en estimación directa (normal o simplificada) y socios de comunidades de bienes.
2. Plazos de presentación
- Primer trimestre (enero-marzo): del 1 al 20 de abril.
- Segundo trimestre (abril-junio): del 1 al 20 de julio.
- Tercer trimestre (julio-septiembre): del 1 al 20 de octubre.
- Cuarto trimestre (octubre-diciembre): del 1 al 20 de enero del año siguiente.
Si el día 20 cae en festivo, el plazo se prolonga hasta el siguiente día hábil.
3. Generación del modelo 130 en ClassicConta
La recogida de datos para este modelo en ClassicConta, se hace de forma manual, no tiene recogida automática.
La información necesaria para cumplimentar este modelo se encuentra en el apartado de Información de Estimación Directa (EOS), en la ruta del menú IVA> Información de Estimación Directa (EOS).
En ventana se recogen todos los datos necesarios para luego pasarlos a mano al modelo 130. Estos datos son:
- Ingresos netos: En la ventana de Información de Estimación Directa la casilla Ingresos de la columna Base Imponible aparece una cantidad. Esa es la que debes recoger manualmente esa cantidad y escribirla en la casilla 01 del modelo 130.
- Gastos deducibles: En la misma ventana, en la casilla Gastos de la columna Base Imponible, aparece la cantidad de gastos que debes de recoger y escribir manualmente en la casilla 02 del modelo 130.
La casilla 03 calcula el rendimiento neto, es decir la diferencia éntrelos ingresos y gastos. De ese resultado del rendimiento neto, el modelo 130 calcula automáticamente el 20%.
Una vez cubierto puedes presentarlo en la AEAT. Para ello pulsa en Archivo y guarda el fichero en tu ordenador para presentarlo telemáticamente en el siguiente enlace:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/G601.shtml
Para ello necesitarás uno de estos tres documentos para identificarte:
- Certificado electrónico: emitido por una entidad certificadora reconocida.
- DNI electrónico: con lector de tarjetas y el software adecuado.
- Sistema Cl@ve PIN: para personas físicas.






