ClassicGes 5.0. y el Canon Digital
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El 19 de junio de 2008 se publicó en el BOE y por lo tanto es a partir de esta fecha cuando entra en vigor el Canon por copia privada.
El Canon por Copia privada, está sujeto a IVA. Y según la SGAE están obligados al pago los fabricantes e importadores de los equipos, dispositivos y materiales que se utilizan para la grabación de obras musicales y/o audiovisuales.
No obstante, la Ley de Propiedad Intelectual considera responsables solidarios del pago de la remuneración a los distribuidores, mayoristas y minoristas sucesivos adquirentes, si en la factura de sus proveedores no aparece desglosado el importe de la remuneración. Estos productos sujetos al Canon comercializados (facturados o entregados) en España deben incorporar el Canon en Factura en una línea separada y detallada. Si no se detalla, se entiende que no se está procediendo al cobro (y pago) del Canon, transmitiendo la responsabilidad al cliente.
Nota: En las empresas importadoras/fabricantes, cuyo software no permite la inclusión del canon en una línea aparte, se puede facturar como si fuera un producto más (Canon por Ley de Prop. Intelectual).

Para poder trabajar de esta manera a la hora de realizar las facturas en ClassicGes 5.0, siempre que tenga que facturar productos obligados a pagar el Canon digital deberá hacerlo dentro de las facturas como un artículo más. Por lo tanto, primero deberá crear una familia. Para ello, vaya a menú Archivo, Archivos auxiliares, Familia.
En la ventana Familia haga clic sobre el botón Nuevo y póngale como nombre Canon Digital.

Además, si se desean sacar listados de los productos que se mueven en el almacén se podrán filtrar artículos por familias será posible hacerlo por aquellos que pertenezcan al Canon digital. Para ello, vaya a menú Almacenes, Listados de movimientos. Filtre los datos que desea encontrar por Familia y luego pulse Preliminar para poder ver los resultados.

De esta manera cuando introduzca un artículo lo podrá clasificar dentro de la familia del Canon Digital. Una vez que ya tiene introducidos los artículos llega el momento de crear la factura. Para ello, vaya a menú Ventas, Facturas. Cree una nueva factura y en la pestaña Líneas introduzca la cantidad de artículos y la descripción. Pulse sobre Aceptar una vez que haya terminado de rellenar todos los campos.

Si desea ver la factura desglosada tal y como debe presentarla al cliente, con el canon desglosado aparte como si de otro producto se tratara haga clic sobre el botón Imprimir. Seleccione la vista Preliminar y se abre un ventana que muestra cómo será la factura actualizada según la nueva Ley.






